Certificado Energético León Gesproclima.
- ¿Qué es el certificado energético?
Es el informe sobre la eficiencia energética de un inmueble. Es el resultado de incorporar los datos que el técnico certificador toma en su visita al inmueble a uno de los programas informáticos reconocidos por el Ministerio de Industria. En este certificado se resumen los resultados de todos los datos recogidos sobre orientación, situación, envolvente, iluminación y los sistemas de producción de energía del inmueble.
- ¿Qué contiene el certificado energético?
El Certificado Energético es el informe que genera el programa al incorporar los datos que el técnico certificador ha recogido en su vista.
En la primera página aparecen datos generales del inmueble, además de los datos del técnico certificador. En la parte inferior encontramos una tabla con la calificacion energética global del inmueble en términos de emisiones de dióxido de carbono liberado a la atmósfera como consecuencia del consumo energético (kgCo2/m2•año).
Esta calificación aparecerá en la etiqueta de eficiencia energética, cuando se registre el certificado, junto a la calificación de consumo de energía (Kw h/m2•año) que encontramos en el Anexo II de este informe.
Además de esta primera página, el informe dispone de cuatro anexos donde desglosa la información:
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- Anexo I, describe las características térmicas del inmueble.
- Anexo II, desglosa la calificación energética del inmueble en la calificación de las diferentes demandas y consumos energéticos.
- Anexo III, referente a las recomendaciones de mejora.
- Anexo IV, el técnico describe las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo durante el proceso de toma de datos.
¿Desde cuando es obligatorio en España?
Si vendes o alquilas un inmueble, en España el RD 235/2013 establece la obligación, a partir del 1 de junio de 2013, de poner a disposición de los futuros compradores o inquilinos el certificado de eficiencia energética del inmueble.
Este documento deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética del inmueble con el fin de que los propietarios o arrendatarios del inmueble puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.
La responsabilidad de obtener el certificado recae, según el art.5 del RD 235/2013, sobre el promotor o propietario del inmueble, es decir, el dueño de la casa o el profesional que posea la titularidad del inmueble.
¿Validez?
Según el RD 235/2013, este certificado tendrá una validez máxima de diez años. Siendo el propietario del edificio el responsable de la renovación o actualización del certificado según las condiciones que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Esta validez se especifica en la etiqueta energética que devuelven una vez registrado este informe.
¿Quién realiza la certificación energética?
El procedimiento de certificación energética sólo puede realizarlo un técnico competente. Según establece el RD 235/2013, es el técnico titulado habilitado para la redacción de proyectos, dirección de obras o dirección de ejecución de obras, según estable la Ley 38/99, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la edificación con conocimientos de los programas informaticos recogidos dentro del procedimiento simplificado creado por el Ministerio de Industria.
El técnico debe realizar una visita al inmueble a certificar, una vez allí recoge toda la información necesaria para introducirla en el programa informático.
Una vez introducidos los datos constructivos, de instalaciones, sombreados y demás, el programa informático calcula la calificación energética del inmueble y genera el certificado energético suscrito por el técnico.
¿Qué información del inmueble se necesita?
Cuando el técnico certificador realiza la visita a un inmueble realiza una medición y toma datos de:
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- La envolvente térmica: composición de muros y cerramientos, siempre que sea posible. En caso de no poder acceder a esa información es importante saber el año de construcción. También se anotarán todos los datos referentes a los huecos (puertas, ventanas, lucernarios…)
- Instalaciones térmicas: el técnico recoge información sobre potencia y rendimientos de las instalaciones de calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria, y en caso de edificios terciarios, de las instalaciones de iluminación.
Es conveniente facilitar al técnico alguna factura de consumos energéticos (electricidad, gas natural…) para ayudar al técnico a realizar el análisis de las medidas de mejora del inmueble.
El técnico puede tomar fotografías de todo lo que considere necesario para una mejor toma de datos, además de las obligatorias para adjuntar al informe.
Es importante que el cliente facilite el acceso a toda la información que el técnico necesita, ya que cuanto más y mejor información se tenga, menos problemas tendrá el técnico para realizar el certificado.
Una vez el técnico ha recogido toda la información necesaria la incorpora a los programas recogidos dentro del procedimiento simplificado creado por el Ministerio de Industria. Estos son Ce3 y Ce3x, quedando a criterio del técnico la elección de un programa u otro para realizar la certificación.
Ambos programas han sido diseñados exclusivamente para la calificación energética de edificios existentes. Estos programas funcionan bajo unos estándares establecidos en la normativa energética y de edificación.
Una vez introducida la información en el programa, éste generará una calificación expresada en una letra de la A a la G. Está calificación se basa en la cantidad de emisiones (kgCO2/m2año) que el inmueble emitirá en un año dada su demanda energética y en la energía primaria (kWh/m2año) que necesita para cubrirla.
¿Hay que registrarlo?
El Real Decreto 235/2013 establece que todos los certificados de eficiencia energética deben inscribirse en el registro habilitado por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma. En Castilla y León este registro sólo se puede hacer por internet y es necesario tener firma electrónica. Desde enero de 2014, este trámite conlleva unas tasas que se pueden consultar en la página oficial de la Junta de Castilla y León.
Una vez el certificado energético pase por su correspondiente registro, será este órgano competente quién emita la etiqueta de eficiencia energética o el número oficial de certificado energético registrado.
¿Que es la etiqueta de eficiencia energética?
Es el distintivo que señala la calificación de eficiencia energética obtenida por el edificio o unidad del edificio.
Su formato está normalizado, con unas medidas y un diseño estándar establecido por el Ministerio de Industria.
¿Puedo pedir una calificación mejor de mi propiedad?
Es importante saber que el técnico no tiene la potestad de elegir qué letra poner. En función de los valores recogidos que el técnico introduzca es el programa quién la generará. El técnico deberá suscribir el certificado generado por el programa.
¿Debo incluir la calificación energética del inmueble en el anuncio publicitario?
La etiqueta de eficiencia energética obtenida deberá figurar en cualquier anuncio o acto publicitario del inmueble. Además esta etiqueta energética debe incluirse en el contrato en compraventa de un inmueble, y mostrar o entregar una copia en caso de que el contrato sea de arrendamiento.